Registro Electrónico en España

Registro Electrónico en España
Jorge Blanco Urzáiz. 

Analizaremos en la presente ponencia, la realidad actual del Registro de la Propiedad Español desde la perspectiva electrónica, estableciendo la premisa que ya desde el año 2005, esto es, hace más de nueve años, hemos asistido en distintas fases a la llevanza del mismo en dicho formato.

Elijo esta fecha y no otra, año 2005, porque es en ese momento cuando tiene lugar la nueva redacción del artículo 238 de la Ley Hipotecaria fruto de la Ley 24/2005 de 18 de Noviembre de reforma de impulso de la productividad, el cual establece: “el Registro de la Propiedad se llevará en libros foliados y visados judicialmente. Los libros de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles deberán llevarse por medios informáticos que permitan en todo momento el acceso telemático a su contenido. El Registro dispondrá de un sistema de sellado temporal que dejará constancia del momento en el que el soporte papel se trasladó a soporte informático…”.  Continuar lendo